ARTICULO 10, Numeral 3
Directorio de empleados y servidores públicos, incluyendo números de teléfono y direcciones de correo electrónico oficiales no privados; quedan exentos de esta obligación los sujetos obligados cuando se ponga en riesgo el sistema nacional de seguridad, la investigación criminal e inteligencia militar.
La información correspondiente a años anteriores se encuentra disponible en la oficina de la Unidad de Acceso a la Información Pública.